AES alega preocupación por supuesta manipulación de la información
La compañía productora de energía, Applied Energy Systems (AES), indicó hoy preocupación por la presunta manipulación de la información y la supuesta tergiversación de datos que difunden los grupos que se oponen al depósito de cenizas por parte de esta compañía y que provocan, según indicaron a través de un comunicado de prensa, una innecesaria e injustificada angustia en la ciudadanía.

La compañía se defendió de los señalamientos de sus detractores. (Suministrada)
La misiva enviada durante el día de hoy, indica que aunque AES no es parte en el caso resuelto por el Tribunal Supremo el pasado 19 de diciembre, la compañía quizo aclarar varios puntos.
Primero, AES indica que el caso que resolvió el Supremo y cuya sentencia bajó el pasado 19 de diciembre, se refiere únicamente a la construcción de una carretera de acceso interno con Agremax dentro de un vertedero privado.
Según el comunicado, la opinión del Tribunal indica claramente que “en el presente caso nos corresponde determinar si el municipio autónomo de Peñuelas puede prohibir válidamente, mediante ordenanza municipal, el uso de material de relleno de construcción, en específico agregado manufacturado a base de cenizas”.
Asimismo, la misiva señala que el Supremo determinó en el caso de dicha carretera que, dado que no había regulación al respecto de la Junta de Calidad Ambiental (JCA) sobre el uso de agregado manufacturado para construcción, la ordenanza municipal aplica. No obstante, aclara que si en el futuro la JCA reglamentara el uso de este agregado para construcción, esto prevalecería sobre la ordenanza municipal.
Además, AES aseguró que la sentencia indica en su página 14 que “por mandato expreso (de ley) la JCA quedó facultada para preparar y desarrollar proyectos y programas que entre otros asuntos atiendan lo relativo a la disposición adecuada de los desperdicios sólidos”.
La misiva también señala que la sentencia del Tribunal indica que la JCA es la agencia encargada por ley para determinar la forma y manera en la que se debe instalar, operar y mantener las facilidades para la disposición final de desperdicios sólidos, que toda ordenanza municipal regulatoria tiene que estar en armonía con el ordenamiento estatal, el cual ha de prevalecer en situaciones conflictivas y que la decisión del Tribunal Supremo ratificó que los municipios no tienen jurisdicción sobre lo regulado por la JCA y la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés).
Ambas ya han autorizado y regulado la disposición de cenizas y agregados manufacturados producto de la combustión del carbón en los vertederos concertados.
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Según AES, ello confirma las decisiones de tribunales de Primera Instancia y Apelativo que han avalado la autoridad de la JCA para reglamentar la disposición de cenizas y agregados manufacturados de la quema de carbón en los vertederos autorizados por dicha agencia.
El comunicado indica que AES condena la supuesta manipulación de información por los grupos que se oponen a las operaciones de la empresa y la manera en que esta dispone de los residuos producto de la combustión de carbón en los vertederos autorizados por la JCA.