29 de Mayo de 2023

Ley de Libertad Religiosa ya aplica en Puerto Rico

Por el 1 de Febrero de 2018

Un estatuto similar al proyecto que crearía la Ley de Libertad Religiosa que se encuentra camino a la firma del gobernador Ricardo Rosselló Nevares, ya existe en Estados Unidos desde 1993 y aplica a Puerto Rico.

La ley, conocida con el mismo nombre que la local, en principio tuvo como propósito proteger a las comunidades religiosas, como las tribus indígenas de Estados Unidos, frente a las creencias cristianas de la mayoría de la población anglosajona.

Sin embargo, con el tiempo se ha convertido en una herramienta para que grupos ultraconservadores religiosos la utilicen para impedir que el Gobierno les imponga aceptar conductas que no van acorde con sus creencias.

La legislación original impulsada por el representante Chuck Schumer y el senador Ted Kennedy, ambos de Nueva York, recibió en 1993 el apoyo unánime de la Cámara y solo tres votos en contra en el Senado federal. En ese momento, la idea era contrarrestar el efecto de una decisión judicial que permitió a un patrono despedir y no brindar el beneficio de desempleo a un hombre de una tribu indígena en Oregón.

Sin embargo, esa ley fue declarada inconstitucional por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en 1997, en el caso City of Boerne v. Flores por entenderse que el Congreso no podía imponer ese tipo de legislación a los estados, pero permitía su aplicación a nivel del gobierno federal.

Gobernador aún no ha recibido controversial proyecto de “libertad religiosa”

En el 2003, la ley fue enmendada para permitir que aplicara a jurisdicciones como el Distrito de Columbia y Puerto Rico.

Existen unos 20 estados de Estados Unidos que han legislado localmente estatutos similares, mientras que otros nueve tienen legislación presentada aún sin aprobar.

“Lo que esta legislación permite es que empleados gubernamentales puedan oponerse a tomar acciones que van en contra de sus creencias religiosas. Por ejemplo, permitiría a un empleado del Registro Demográfico negarse a hacer un cambio de sexo en un certificado de nacimiento si un transexual lo solicita. Permitiría además que un juez se niegue a efectuar un matrimonio de una pareja del mismo sexo o a un funcionario tramitar la adopción de un menor por parte de una pareja homosexual”, explicó el profesor y abogado Carlos Dalmau.

El abogado destacó que el problema con este tipo de estatuto es que en casos extremos podría poner en riesgo la vida o el bienestar de una persona porque su estilo de vida es contrario a las creencias religiosas del funcionario que atendió su caso.

Tal sería el caso, por ejemplo, expresó Dalmau, de un policía que se niegue a intervenir en un caso de violencia doméstica de una pareja homosexual. “Eso puede ser un problema e implica unos riesgos para esa población”, advirtió.

El lenguaje utilizado en la ley local es muy similar al utilizado en otras jurisdicciones en Estados Unidos y que ha pasado el crisol constitucional. No obstante, el gobernador Rosselló Nevares dijo esta semana que, si el proyecto aprobado no es sustancialmente distinto al que se le presentó el año pasado, lo vetaría.

Al gobernador polémica medida para crear la Ley de Protección Religiosa

En ese entonces el mandatario dijo que no avalaría ningún proyecto que promueva el discrimen. “Nuestra administración ha establecido de forma clara que no va a limitar derechos que han sido otorgados a distintos sectores de nuestra sociedad, tanto a nivel judicial como por vía legislativa”, dijo en aquel momento.

Sin embargo, si el gobernador no le diera paso, la Legislatura bien podría intentar obtener los votos necesarios para pasar sobre el veto del primer ejecutivo, acción que han realizado con éxito en tres ocasiones en lo que va de cuatrienio.

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